El control de convencionalidad
Abstract
Si preguntamos qué es el control de convencionalidad encontramos respuestas desde «una expresión fruto del esnobismo» hasta «una obligación de los Estados con la comunidad internacional». Para unos es innecesario y para otros hablar en su contra es producto de una antojadiza interpretación tergiversada. Para analizar este concepto que ha dividido las aguas jurídicas es menester no caminar el lecho seco que las separa sino analizar la idea y comprender sus bases y fundamentos. Así se logrará comprender el porqué de la reyerta y, mediante un juicio intelectual, quizás unificar las aguas y arrasar con ellas las interpretaciones equivocadas o esnobs. Pero primigeniamente se debe entender dónde se ubica este concepto, principalmente, la idea de un ordenamiento jurídico.